APROBADO EL PROGRAMA ESTATAL DE FOMENTO DE LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA Y SOSTENIBILIDAD EN VIVIENDA, DIRIGIDO A VIVIENDAS UNIFAMILIARES O EDIFICIOS DE VIVIENDAS DE USO RESIDENCIAL.

El pasado 10 de marzo de 2018 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 106/2018 por el que se aprueba el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, una de cuyas líneas de actuación es el Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en vivienda. Un programa destinado a mejorar tanto el interior como la envolvente de las viviendas unifamiliares y de los edificios de viviendas de uso residencial.

Los beneficiarios de estas ayudas son los propietarios de viviendas unifamiliares (ya sean aisladas o agrupadas en fila) y edificios de tipología residencial colectiva finalizados antes de 1996 y que cumplan una serie de requisitos en función del tipo de vivienda de que se trate.

El acceso a estas ayudas se realizará mediante convocatoria pública de las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla.

AYUDAS DE HASTA 12.000 € PARA VIVIENDAS UNIFAMILIARES Y HASTA 8.000 € POR VIVIENDA EN EDIFICIOS RESIDENCIALES.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por vivienda unifamiliar no podrá superar los 12.000 euros, mientras que en edificios residenciales, no podrá superar los 8.000 euros por cada vivienda y 80 euros por cada metro cuadrado de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles.

Además, la ayuda no podrá superar el 40% de la inversión de la actuación (aunque se establecen una serie de excepciones e incluso alguna ayuda complementaria en determinados casos).

ENTRE LAS ACTUACIONES SUBVENCIONABLES ESTÁ LA SUSTITUCIÓN DE EQUIPOS DE PRODUCCIÓN DE CALOR O FRÍO POR OTROS MÁS EFICIENTES O QUE USEN FUENTES DE ENERGÍAS RENOVABLES COMO BIOMASA, ENERGÍA SOLAR TÉRMICA O AEROTERMIA.

Se consideran actuaciones subvencionables aquellas capaces de lograr una reducción de la demanda energética de entre un 20 y un 35%, dependiendo de la zona climática donde se encuentre la vivienda.

Son varias las actuaciones subvencionables y hay algunas diferencias en función del tipo de vivienda del que se trate.

Por su especial interés, queremos subrayar 3 de ellas:

  • La mejora de la envolvente térmica de la vivienda: a través de la realización de mejoras en su aislamiento térmico (sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, instalación de dispositivos bioclimáticos y de sombreamiento, etc.).
  • La sustitución de equipos de producción de calor o frío, la instalación de sistemas de control, regulación y gestión energética, la implantación de sistemas de enfriamiento gratuito por aire exterior y de recuperación de calor del aire de renovación, la sustitución de los equipos de movimiento de los fluidos caloportadores y la conexión de viviendas a redes de calor y frío existente, entre otros.
  • La instalación de equipos de generación o que permitan el uso de energías renovables: energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia, paneles solares térmicos y soluciones integrales de aerotermia para climatización y agua caliente sanitaria.

El plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de 24 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda (en determinadas circunstancias este plazo podrá ser prorrogado).

¿Quieres saber más detalles sobre este programa? Aquí te puedes descargar la información que publica el BOE (tienes que ir a la página 28890).

Y no olvides que en Cointra sabemos mucho de eficiencia energética y podemos echarte una mano a la hora de mejorar la eficiencia energética de tu vivienda, ya sea con nuestras calderas de condensación, estufas y termoestufas de pellet o paneles solares y equipos de energía solar térmica.

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